miércoles, 22 de diciembre de 2010

EDITORIAL: "Golpe mortal" (para cuestiones de selectividad) NAVIDADES 2010 (II)

Golpe mortal
22/12/2010

   La llamada ley Sinde no consiguió ayer en el Congreso, tras un acalorado debate y múltiples negociaciones, el apoyo suficiente para cerrar su tortuoso recorrido, durante el cual se han ido dañando los argumentos de quienes la apoyan tal y como está concebida. Colocarla encapsulada en una disposición adicional dentro de la 'Ley de Economía Sostenible' pareció, de entrada, una operación de enmascaramiento. Y es difícil explicar tanta prisa y atropellamiento cuando el debate y el problema llevan abiertos mucho tiempo.
   Cabe pensar que las reiteradas broncas de las autoridades norteamericanas sobre la desprotección española ante la llamada piratería, y las gestiones diplomáticas desveladas con los papeles de Wikileaks, apremiaron al Gobierno, que tiene entretenida desde hace excesivo tiempo una reforma a fondo de la Ley de Propiedad Intelectual en el contexto de la sociedad digital.
   El planteamiento del Ejecutivo era claro. No perseguir al internauta que realiza la descarga o disfruta en línea del contenido protegido, como sucede en Francia, sino al sitio que lo facilita. Indudablemente, la propiedad intelectual merece protección dentro y fuera de Internet. Pero la industria quiere evitar que Internet sea una herramienta de vulneración de tales derechos y quiere que se haga exclusivamente con leyes, algo que si falta capacidad de convicción no conseguirá el objetivo que buscan. Se puede cerrar webs, pero los circuitos alternativos son muchos y difíciles de cortocircuitar solo con una ley. La industria no puede pretender poner cerrojos en Internet y mantener a la vez su modelo de negocio sin tener en cuenta los cambios que se han producido.
   La ley tiene dos puntos conflictivos. Uno es la desconocida composición de la Comisión, dependiente del Ministerio de Cultura, que debe examinar las denuncias presentadas por los titulares de los derechos de autor y, en su caso, tramitar el procedimiento ante la Audiencia Nacional. El segundo es el papel reservado a la Audiencia Nacional, cuyos jueces deberán resolver en cuatro días si procede el cierre de la web acusada. El juez no debe entrar en el fondo de la cuestión, sólo contemplar si la medida afecta a derechos fundamentales. Es decir, el análisis judicial del caso se pospone a la decisión posterior de otros tribunales por la vía del recurso, cuando el sitio denunciado ya ha sido cerrado. Cualquier decisión por parte de los tribunales ordinarios que se opusiera al cierre avalado por la Audiencia Nacional conllevaría una rectificación tardía y difícil de evaluar.
   No tiene defensa posible un Internet libre en el que quepan conductas delictivas. El ciberespacio no debe ser ajeno al Estado de derecho, y quienes lo vulneran no pueden tener patente de corso. Pero a la vez hay que asegurar una definición clara de los supuestos perseguibles, una graduación de las sanciones acorde con la gravedad de la infracción, y un proceso con garantías cuando lo que está en juego es el cierre definitivo de un sitio.

CUESTIONES (las de selectividad):
1. Tema
2. Organización de ideas
3. Resumen
4. Comentario crítico
5. Análisis sintáctico de la oración en este color.

No hay comentarios: